http://www.poderato.com/lui125/control-de-constituciona#
Citando el ejemplo del profesor el cual dice si hay un toque de queda a las 6 de la tarde y si se encuentra alguien despues de esa hora en la calle, este podria apelar a una corte apelar y respaldar su razon para haber estado fuera. El profesor explica tiene aqui al "juzgado" como la constitucion y al "toque de queda" como una ley inferior que se debe invalidar si no hay razon fuerte para seguir con ella y apoyamos al profesor con su punto de vista sobre el control de constitucionalidad.
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